viernes, 18 de diciembre de 2009

Asilah. Herencia portuguesa en Marruecos.

Lo primero que te llama la atención cuando llegas a Asilah es la muralla y la torre construidas por Alfonso V de Portugal en el siglo XV. Pero la historia de esta ciudad se remonta mucho más en el tiempo. Por su situación, en la parte atlántica del norte de África, fue muy visitada por fenicios y griegos allá por el siglo II a.c. fundándose la ciudad de Zilil. Posteriormente se instalaron aquí los cartagineses hasta la llegada de los romanos. El nombre de Asilah resurge con la llegada de los árabes en 712, incluso resistió las embestidas normandas que llegaron en el siglo X provenientes de Sicilia.
La llegada de los portugueses en 1471 supuso una gran transformación en la ciudad, la fortificación estaba justificada ya que la ciudad se convirtió en un importante centro comercial en la ruta del oro sahariano. Tras un breve paso de los españoles la ciudad pasó manos de Mulay Ismail y repoblada con gentes provenientes del Rif. Desde 1912 hasta la independencia de Marruecos en 1956 formó parte del protectorado español.
Hoy en día Asilah es un destino vacacional muy apreciado tanto por marroquíes como por extranjeros que venimos en busca de tranquilidad, buen tiempo y una gastronomía marina espectacular.


Vista de Asilah desde el puerto

Tienda de sombreros en la medina


Sombras en la calle Al Kasaba

Marcos, Carol, Lucía, Cristina y Fran en Asilah



Gran Mezqita de Asilah





Torreón portugués El Karma

Puerta Bar el Homar


Cementerio de Sidi Mansour


Callejuela de la medina

lunes, 14 de diciembre de 2009

Chaouen, la perla del Rif. Marruecos

La ciudad de Chaouen se encuentra rodeada de las montañas del Rif, un oasis de tranquilidad en un país vertiginoso como es Marruecos. Esta tranquilidad contrasta con su historia, fundada allá por 1471 por Mulay Muhammad al-Rashid bin Sharif sobre un poblado bereber anterior, sirvió de base de unificación de las tribus bereberes en su lucha contra los portugueses que por aquellos entonces ocupaban Ceuta. Posteriormente empezaron a llegar moriscos y sefardíes expulsados de España, que le dieron un aspecto muy parecido a los pueblos españoles como Ronda o Vejer de la Frontera (ciudad natal de Lalla Zahra, mujer del fundador de Chaouen), con sus callejuelas laberínticas y sus casas encaladas con amplios patios donde siempre se encuentra un naranjo o limonero. Para albergar a esta comunidad se construyó el barrio Rif Al Andalus.
En los siglos posteriores esta ciudad fue objeto de las disputas entre las distintas dinastías marroquíes.
Las puertas de las murallas de la ciudad permanecieron cerradas a los no musulmanes hasta 1920, año en el que los españoles tomaron la ciudad, en cumplimiento del tratado de Algeciras de 1906, que daba pié a la institución del Protectorado Español en el norte de Marruecos. Ya en 1956 se plegó la última bandera Española y Marruecos obtuvo la ansiada independencia.
El característico color azul de las casas de Chaouen se instauró en 1930, por parte de la población judía para ahuyentar a los mosquitos, anteriormente las casas se encalaban en verde, el color del Islam.

Panorámica de Chaouen desde la torre de la Alcazaba

Tienda de especias


Fachada del Riad Dar Meziana donde nos alojamos


Vista de la medina con la mezquita de los andaluces en primer término









viernes, 4 de diciembre de 2009

Medellín. Badajoz

La historia de Medellín se remonta muy atrás en el tiempo y no es de extrañar debido a su estratégico enclave, una colina desde la que se domina gran cantidad de terreno muy próxima a la confluencia del río Ortiga con el Guadiana. Su nombre proviene de su fundador, el cónsul romano Quintus Caecilius Metellus Pius, en el año 79 a.c. (54 años antes que Mérida) si bien hay restos de un poblado celta anterior. De esta época destaca el impresionante teatro, actualmente en excavación, construido unos años antes que el de Mérida con el que rivaliza en tamaño y estado de conservación.
El paso de los visigodos por esta zona nos deja como hallazgo más importante el Tesoro del Turuñuelo, cuyas piezas más significativas se encuentran en el Museo Arqueológico Nacional. De la época árabe tan solo ha permanecido el aljibe del interior del castillo.
Desde época romana, las murallas fueron levantadas y derribadas en multitud de ocasiones y su configuración actual no se produjo hasta el siglo XV.
La aportación de esta ciudad a la conquista de América fue muy importante, de entre las 280 personas que se embarcaron en esta "aventura" destaca Hernán Cortés (1483-1547), conquistador de México.
Posteriormente tanto la Guerra de la Independencia, (la batalla de Medellín aparece en el Arco de Triunfo de París junto con otras victorias francesas), como la Guerra Civil dejaron profundas huellas en la zona.

Ladera del Castillo con restos del teatro romano

Vistas del río y viñedos desde la torre del castillo

Excavación del teatro romano

Iglesia de Santiago

Lucía ante el castillo

miércoles, 2 de diciembre de 2009

Manifiesto “En defensa de los derechos fundamentales en internet”

Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de
modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las
libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la
cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios,
profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme
oposición al proyecto, y declaramos que…

1.- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los
derechos fundamentales de los ciudadanos
, como el derecho a la
privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela
judicial efectiva y a la libertad de expresión.

2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo
competencia exclusiva del poder judicial.
Ni un cierre sin
sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el
artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no
judicial -un organismo dependiente del ministerio de Cultura-, la
potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier
página web.

3.- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el
sector tecnológico español
, perjudicando uno de los pocos campos
de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación
de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y
ralentizando su proyección internacional.

4.- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y
entorpece la creación cultural.
Con Internet y los sucesivos
avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la
creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen
prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de
multitud de fuentes diferentes.

5.- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho
a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y
actividades
asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con
cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a
este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio
se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es
posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro
modelo.

6.- Consideramos que las industrias culturales necesitan para
sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y
que se adecuen a los nuevos usos sociales
, en lugar de
limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que
dicen perseguir.

7.- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias
políticas
auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar
obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga
siendo libre.

8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la
Red en España
, ante cualquier presión que pueda producirse, como
marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara
al futuro.

9.- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad
intelectual
orientada a su fin: devolver a la sociedad el
conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las
entidades gestoras.

10.- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse
tras el oportuno debate público
y habiendo consultado previamente
a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios
legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no
orgánica y que versa sobre otra materia

Este texto se publica multitud de sitios web. Si estás de acuerdo, publícalo también en tu blog.

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